los que se están planteando colocarlo, aunque no siempre existe el espacio necesario para ello. En cualquier caso, hoy en día, hay muchas soluciones de exterior para solventar este problema. Si bien es cierto, que cuando una comunidad de propietarios decide colocar un ascensor es habitual que no haya consenso. Algunos quieren la instalación, mientras que otros la rechazan. Lo normal es que los vecinos que viven en pisos superiores quieran contar con un elevador, pero los que viven en las primeras plantes pueden negarse argumentando que no lo van a usar demasiado.
Una de las principales dudas que suelen surgir en estas situación es si os obligatorio o no la instalación del ascensor. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) plantea las siguientes premisas:
1. Para la aprobación de las obras de instalación, deberá llevarse a cabo una votación en la Comunidad de Propietarios y deberá alcanzar se una mayoría simple. En este caso todos los propietarios deberán contribuir, con arreglo a su cuota de participación, a los gastos generales derivados de la instalación y el mantenimiento.
2. Podrá entenderse como obligatorio cuando en el edificio residen personas mayores de 70 años o con problemas de movilidad y soliciten la instalación del ascensor. En estos supuestos, la comunidad de propietarios deberá acometer las reformas para la instalación del aparato elevador, sin necesidad de la mayoría simple. Los propietarios no se podrán negar a la colocación del elevador y deberán hacer frente a los gastos en función de su cuota de participación, siempre que el importe repercutido anualmente no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.
En cuanto a la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, destaca que será obligatorio eliminar las barreras arquitectónicas del inmueble siempre y cuando en el mismo habite una persona con movilidad reducida.
En Ascensores J. Pascual queremos destacar que la instalación de un elevador debe entenderse como una inversión. No sólo hace posible el cumplimiento de la igualdad de movimiento entre todas las personas, también ayuda al resto de habitantes a subir la compra, cargar las maletas o alcanzar los pisos más altos sin morir en el intento.