En nuestra labor habitual trabajando con ascensores en la Comunidad de Madrid y otros sistemas de elevación percibimos que sigue existiendo una cierta confusión en torno a la terminología propia de este ámbito: ascensores, montacargas, elevadores… sus principios de funcionamiento similares y el hecho de que a veces coincidan en un mismo edificio pueden contribuir a este baile de nombres, y a que algunos usuarios quizás no sepan distinguir a qué se refiere exactamente cada término. Vamos a tratar de aclararlo.
Cuando hablamos de ascensores, podemos optar por la ruta más rigurosa y remitirnos a la definición que está recogida en la legislación. El Real Decreto 88/2013 que regula la Instrucción Técnica Complementaria de ascensores delimita su ámbito de aplicación a partir de unas características concretas: aparatos de elevación instalados permanentemente que den servicio a niveles definidos, basados en el recorrido fijo de un habitáculo y con una inclinación superior a los 15 grados sobre la horizontal.
Hasta aquí todo perfecto, pero uno de los aspectos clave es que en el mismo texto legal se estima que estos ascensores pueden estar destinados tanto al transporte de personas como al de personas y objetos o incluso solo el de objetos, siempre y cuando las personas puedan acceder fácilmente al interior y accionarlo.
Esta definición podría llegar a abarcar muchos de los aparatos que popularmente se considerarían montacargas. Si bien el término ‘montacargas’ no tiene una definición legal a la que podamos referirnos, habitualmente se emplea para aquellos aparatos elevadores que tienen como misión principal transportar mercancías y en particular aquellas de gran volumen y peso.
Así, algunas perspectivas consideran que el montacargas es realmente un tipo de ascensor con esa función principal, mientras que otras sitúan una línea divisoria entre ascensor y montacargas, pese a que estos últimos pueden estar autorizados para el acceso de personas en muchos casos.
Lo que también ha sucedido que las diferencias entre ambos conceptos se han difuminado a medida que, con el paso de los años, las instalaciones dedicadas a la carga de objetos se han acercado más a las prestaciones propias de un ascensor de personas. En el pasado los montacargas se caracterizaban por ser más lentos, de imagen más rudimentaria e incluso con menores medidas de seguridad, aspectos ahora superados. Cabe recordar que desde Ascensores J. Pascual estamos preparados para satisfacer tus necesidades de elevación en uno u otro sentido.